{"id":1502,"date":"2024-10-21T13:06:17","date_gmt":"2024-10-21T13:06:17","guid":{"rendered":"https:\/\/nordesteinfo.com\/?p=1502"},"modified":"2024-10-21T13:06:18","modified_gmt":"2024-10-21T13:06:18","slug":"aumentaron-las-asignaciones-familiares-cuales-son-los-nuevos-montos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/2024\/10\/21\/aumentaron-las-asignaciones-familiares-cuales-son-los-nuevos-montos\/","title":{"rendered":"AUMENTARON LAS ASIGNACIONES FAMILIARES: CU\u00c1LES SON LOS NUEVOS MONTOS"},"content":{"rendered":"\n<p>La medida fue publicada en el Bolet\u00edn Oficial con la firma de Mariano de los Heros, titular de la Anses. El incremento ser\u00e1 de 3,47%. De cu\u00e1nto es el l\u00edmite para cobrar los importes<\/p>\n\n\n\n<p>El&nbsp;Gobierno nacional,&nbsp;a trav\u00e9s de la&nbsp;resoluci\u00f3n 990\/2024,&nbsp;oficializ\u00f3 un&nbsp;aumento en los montos de las asignaciones familiares, seg\u00fan lo publicado en el&nbsp;Bolet\u00edn Oficial. La medida, firmada por&nbsp;Mariano de los Heros, titular de la&nbsp;Administraci\u00f3n Nacional de la Seguridad Social (ANSES), establece un&nbsp;incremento del 3,47%.<\/p>\n\n\n\n<p>Entre otras, se trata de las&nbsp;asignaciones por adopci\u00f3n, por matrimonio, por hijo y ayuda escolar anual.&nbsp;\u201cEl incremento de los l\u00edmites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley N\u00b0 24.714 ser\u00e1 equivalente a tres con cuarenta y siete cent\u00e9simos por ciento (3,47%)\u201d, detalla el documento.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cCuando, por aplicaci\u00f3n del incremento mencionado en el art\u00edculo 1\u00ba de la presente, el monto de las asignaciones familiares y\/o el valor de los l\u00edmites y rangos de ingresos del grupo familiar resulten con decimales,&nbsp;se aplicar\u00e1 redondeo&nbsp;al valor entero siguiente\u201d, aclara la resoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, se establece que&nbsp;si una persona del grupo familiar percibe ingresos superiores a $1.862.184,&nbsp;quedar\u00e1n excluidos del cobro de estas asignaciones.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>C\u00f3mo quedaron los valores de las asignaciones familiares<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>En cuanto a los valores espec\u00edficos de las asignaciones, estos&nbsp;var\u00edan seg\u00fan la zona geogr\u00e1fica y el nivel de ingresos. El anexo de la resoluci\u00f3n proporciona detalles sobre las diferentes categor\u00edas. Por ejemplo, el valor de la asignaci\u00f3n por nacimiento es de $52.942, el beneficio por matrimonio se establece en $79.275 y la asignaci\u00f3n por adopci\u00f3n alcanza los $316.570. Estos montos son aplicables a aquellos grupos familiares cuyos ingresos no superen los $3.724.368.<\/p>\n\n\n\n<p>En relaci\u00f3n con la\u00a0asignaci\u00f3n prenatal, los montos a pagar tambi\u00e9n dependen de la categor\u00eda de ingresos y la regi\u00f3n en la que resida el grupo familiar. Por ejemplo, los grupos familiares con ingresos de hasta $703.305 recibir\u00e1n una asignaci\u00f3n base de $45.752, mientras que aquellos con ingresos m\u00e1s altos, entre $1.190.867 y $3.724.368, percibir\u00e1n $9.555. Estos valores se aplican igualmente a las asignaciones por hijo, con montos m\u00e1s elevados para los casos de hijos con discapacidad. En este caso, la asignaci\u00f3n m\u00e1s alta ser\u00e1 de $147.895 y la m\u00e1s baja de $66.032.<\/p>\n\n\n\n<p>La ayuda escolar anual qued\u00f3 fijada en $120.990, un monto que tambi\u00e9n se aplicar\u00e1 a quienes tengan hijos con discapacidad en edad escolar. Asimismo, los montos para titulares de asignaciones universales para protecci\u00f3n social se establecieron de la siguiente manera para la mayor parte del pa\u00eds: $90.837 para la asignaci\u00f3n por embarazo, $90.837 para hijo, $295.786 para hijo con discapacidad y $120.990 para la ayuda escolar anual, incluidos los casos de hijos con discapacidad.<\/p>\n\n\n\n<p>En los considerandos de la resoluci\u00f3n, se detallan los fundamentos de la medida, que se enmarca entre otros puntos en la Ley N\u00b0 24.714. Dicha norma establece un r\u00e9gimen de asignaciones familiares de car\u00e1cter nacional y obligatorio para trabajadores en relaci\u00f3n de dependencia, tanto del sector privado como del p\u00fablico, as\u00ed como para beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del r\u00e9gimen de pensiones no contributivas. El r\u00e9gimen tambi\u00e9n cubre a los beneficiarios de la asignaci\u00f3n por embarazo y de la asignaci\u00f3n universal por hijo para protecci\u00f3n social.<\/p>\n\n\n\n<p>La resoluci\u00f3n tambi\u00e9n hace referencia a la Ley N\u00b0 27.160, que dispone la aplicaci\u00f3n de la movilidad a los montos de las asignaciones familiares y a la actualizaci\u00f3n de los l\u00edmites y rangos de ingresos.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, se menciona el Decreto de Necesidad y Urgencia N\u00b0 274\/2024, que introdujo modificaciones en la Ley N\u00b0 24.241, al establecer que los haberes se actualizan de manera mensual, siguiendo las fluctuaciones del \u00edndice de precios. De esta manera, el Gobierno busca mantener el poder adquisitivo de las asignaciones familiares frente a la inflaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, la resoluci\u00f3n conjunta N\u00b0 RESFC-2021-8 del Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Desarrollo Social establece que, en ning\u00fan caso, los montos de las asignaciones por hijo, hijo con discapacidad o prenatal para trabajadores bajo ciertas modalidades contractuales podr\u00e1n ser inferiores al 100% del valor general de la asignaci\u00f3n universal por hijo o embarazo para protecci\u00f3n social.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La medida fue publicada en el Bolet\u00edn Oficial con la firma de Mariano de los<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1503,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-1502","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1502"}],"collection":[{"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1502"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1502\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1504,"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1502\/revisions\/1504"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1503"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1502"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1502"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/nordesteinfo.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1502"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}